Sin noticias de las nuevas atribuciones de títulos náuticos de recreo

Cabía esperar que el verano fuera la estación en que se publicara el nuevo real decreto que definirá las nuevas atribuciones de la náutica recreativa. Sin embargo, se ha agotado agosto y no hay ni rastro del esperado documento. A pesar de que un portavoz de la Dirección general de la Marina mercante propuso las fechas de junio o julio como meta posible para publicar el texto. Desde ANEN, la asociación que reúne a las empresas del sector, se han mantenido varias reuniones con los órganos directivos de la Secretaría de transportes, responsables de tema que nos apremia, sin que se hayan obtenido garantías de una pronta publicación de las nuevas atribuciones. La situación no es ni mucho menos alarmante, pero sí un tanto incómoda, a tenor de las dudas generadas, de las que muchas llegan a las gestorías y academias náuticas. Donde se ha experimentado un descenso de las matriculaciones, a tenor de la espera ante la modificación del temario. Con todo, las convocatorias de exámenes para obtener los títulos náuticos siguen su curso.

embarcación con motor fueraborda

La noticia de modificar las atribuciones de los títulos náuticos se produjo en el pasado Salón náutico de Barcelona. Aprovechando la cita, el director de la Marina mercante anunció un cambio en la normativa sobre títulos náuticos, tras escuchar las sugerencias de escuelas de navegación, empresas de venta de embarcaciones y demás instituciones con intereses en la náutica recreativa. La noticia se acogió con gran expectación e hizo correr ríos de tinta. En primer momento se anunció la posibilidad de que las academias examinaran del PNB y que este título convalidara parte del PER. Una opción que se puso en entredicho y parece descartarse en el texto que se habrá de publicar. Así se desprendió cuando Marina mercante utilizó la voz de uno de sus representantes en el Congreso náutico organizado por la Asociación nacional de empresas náuticas.

Del texto definitivo, pendiente de su redacción legislativa y definitiva publicación, se desprenden varios aspectos interesantes. Por un parte desaparecen los títulos menores: Autorizaciones federativas “Titulín” y permisos de motos de agua (A, B y C). Estos títulos se sustituyen por uno nuevo denominado “Licencia de navegación”, con el que se podrá gobernar embarcaciones de hasta 6 metros de eslora en navegaciones muy próximas a la costas, incluyendo el manejo de motos de agua. Para la obtención del título se habrán de realizar el examen y las prácticas correspondientes, con un sobrepeso de la formación en radiocomunicaciones.

Precisamente es la formación en comunicaciones marítimas uno de los aspectos que más importancia cobra en el resto de título. De las dos horas a que obliga la norma en la actualidad se pasará a cursos de 8 horas, con una parte teórica y otra práctica donde se procurará que los alumnos tomen la soltura suficiente para desenvolverse adecuadamente en una situación de emergencia utilizando los equipos de comunicaciones de a bordo.

De los títulos actuales parece que todos sufren cambios. El PNB iguala las esloras de motor y vela a 8 metros, el Patrón de yate sube hasta 24 metros de eslora y navegaciones a 150 millas de costa, el PER aparece como el mayor beneficiado. Los titulados con PER podrán gobernar embarcaciones de hasta 24 metros y navegar entre las Islas Baleares y la península, algo imposible en la actualidad. Para lograr las atribuciones deberán superar unas prácticas extraordinarias. No obstante, no se espera que el decreto autorice al gobierno profesional de embarcaciones, para lo que existen títulos específicos. Todo esto con la prudencia de que el texto aún no se ha publicado y no se conocen los pormenores que analizaremos concienzudamente.

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