Seguridad. Nueva reglamentación del SOLAS.

La Organización Marítima Internacional, OMI, ha emitido nuevas disposiciones que han sido incorporadas al Convenio SOLAS (Convención Internacional para la Seguridad de la Vida en el Mar), que han entrado en vigor el pasado 1 de julio de 2014.

Convenio SOLAS.

El Convenio SOLAS es considerado como el tratado más importante de todos los tratados internacionales relativos a la seguridad de los buques mercantes. La primera versión fue aprobada en 1914, en respuesta a la catástrofe del Titanic.

A partir de la revisión del Convenio en el año 1974, su redacción ha sido actualizada y modificada en numerosas ocasiones. El convenio en vigor hoy en día se refiere a veces como SOLAS, 1974, enmendado.

El objetivo principal del Convenio SOLAS, dividido en 12 capítulos, es especificar normas mínimas para la construcción, equipamiento y explotación de buques, compatible con su seguridad.

IMO

Los Estados del pabellón son los responsables de garantizar que los buques que enarbolen su pabellón cumplan con sus requisitos. Las disposiciones de control permiten a los Gobiernos a inspeccionar los buques de otros Estados si hay motivos fundados para pensar que el buque y su equipo no cumplen sustancialmente con los requisitos de la Convención.

BALSA SALVAVIDAS. Fuente Duarry

BALSA SALVAVIDAS. Fuente Duarry

Nuevas regulaciones: Medios de búsqueda y rescate.

Uno de los nuevos requisitos que se imponen a todos los buques que deban aplicar el Convenio, es que los buques posean planes, procedimientos y equipos para recuperar personal situado a flote ó embarcadas en los botes de supervivencia, en caso de accidentes marítimos.

Se trata de mejorar la seguridad en la mar y proporcionar apoyo a los coordinadores en todos los tipos de operaciones de búsqueda y rescate.

Los buques construidos antes del 1 de julio de 2014, a partir de ahora estarán obligados a cumplir con la regulación, en la primera inspección periódica de los equipos de seguridad ó en su defecto en una inspección de renovación de equipos, si esta se produce primero.

RESCATE MARÍTIMO. Fuente Helimer

RESCATE MARÍTIMO. Fuente Helimer

Embarcaciones menores y buques exentos.

Para aquellos buques ó embarcaciones exentas de cumplir con el Convenio SOLAS, la Organización Marítima Internacional los invita a cumplir ciertas recomendaciones contenidas en una resolución de su Comité de Seguridad Marítima (OMI) emitida en el año 2012. Para ello invita a los gobiernos nacionales a determinar qué prescripciones deben considerar ser normadas. Los buques exentos son: los buques de carga de cierto arqueo, pasaje en rutas nacionales, alta velocidad, etc.

Para la gente de mar, la OMI ha publicado una Guía de bolsillo sobre Técnicas de recuperación (OMI I947 E). 

Límites del nivel de ruido.

También entró en vigor la nueva regla del Convenio SOLAS II-1/3-12, que obliga a que las nuevas construcciones de buques sean proyectadas para reducir las emisiones de ruido a bordo y para proteger al personal del mismo.

La revisión del “Código de niveles de ruido a bordo de buques”, establece los límites máximos obligatorios de nivel de ruido de los espacios de máquinas, salas de control, talleres, alojamiento y otros espacios a bordo de buques.

Arriado de balsas SOLAS

Arriado de balsas SOLAS

Ejercicios a bordo.

También se incluyen otras modificaciones de las regulaciones II-1/15 sobre instrucciones, formación a bordo y ejercicios, entre otros.  Se requiere que exista a bordo un medio de recarga de las botellas de respiración utilizadas durante los ejercicios, o un número adecuado de botellas de repuesto.

Be Sociable, Share!

¿Te ha gustado el Post?

¿Quieres recibir un resumen semanal con nuestras últimas publicaciones?

 

Deja un comentario

(*) Required, Your email will not be published