Protección de la Ecología Marina

El Derecho Marítimo se ha ido adaptando a los problemas del mar según han ido surgiendo. Antes de la aparición de los grandes buques, portando miles de toneladas de crudo por los mares y océanos, nadie había tenido la necesidad de regular su tránsito. Sin embargo, los accidentes marítimos han provocado en el último siglo tantas pérdidas ecológicas que el Derecho Marítimo ha tenido que avanzar a pasos agigantados. La náutica recreativa no es ajena a la contaminación marina. De los veleros y yates se vierten, con intención o sin ella, basuras y vertidos al mar que ensucian los ecosistemas y atentan contra la riqueza marina. Por ello, como parte de la formación de los títulos para el gobierno de embarcaciones recreativas se establece el conocimiento de los factores que hay que tener en cuenta para proteger el medio ambiente marino y los espacios que requieren de la máxima protección.

fondo marino

Soluciones globales

Aunque la Administración marítima española ha tomado cartas en el asunto de los vertidos contaminantes en el mar, en concreto para las embarcaciones de recreo, es a nivel global como se actúa para proteger el medio marino. El mar es de todos y entre todos se han de tomar las medidas para salvaguardarlo. Por eso, es en la comunidad internacional donde nace la legislación que se aplica a modo local.

El impacto del turismo, la masificación urbanística de la costa, el transporte marítimo internacional, la pesca desmedida… son factores que subyacen en la política ambiental para proteger el medio marino. Como medidas paliativas están: la Conferencia Mundial sobre el Medio Humano, el Convenio MARPOL y varios acuerdos internacionales entre los que se incluyen uno sobre los antiincrustantes aplicados a los cascos de las embarcaciones.

En Europa fue el desastre del Erika el que puso en marcha a los legisladores de la Unión. Las imágenes del barco tiñendo de negro la costa de la bretaña francesa impusieron medidas desesperadas que afectan tanto a grandes buques como a pequeños yates. Lo que España se ha traducido en un régimen sancionador recogido en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y en una serie de decretos dictados a su compás.

Protegiendo el Mediterráneo

La política ambiental referida a la náutica recreativa ha prestado especial interés a la protección de los espacios más delicados del medio. Parques, reservas, paisajes, lugares de interés… forman parte de la lista de conceptos que el legislador pretende mantener a salvo de la contaminación marina. Y en concreto la protección el Mediterráneo tiene un peso singular.

Bajo el título ZEPIM, que responde a Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo, se enclavan los ecosistemas marinos que más protección requieren y que deben ser conocidos por capitanes y patrones que naveguen por el Mare Nostrum.

El espacio se constituyó en 1995 a raíz del Convenio de Barcelona, adhiriendo un lista de lugares característicos de la cuenca mediterránea de interés por su valor paisajístico, biológico, cultural y educativo.

Las áreas comprendidas en el ZEPIM en aguas jurisdiccionales españolas son:

  • Fondos marinos del levante almeriense
  • La Isla de Alborán
  • El Parque Natural de Cabo de Gata – Nijar
  • Los Acantilados de Maro – Cerro Gordo
  • Los entornos de la Isla de Cabrera
  • Las Islas Medas y Cabo Creus en el litoral catalán
  • El Mar Menor
  • Las Islas Columbretes frente a Castellón

A lo que se suman espacios de Francia, Túnez e Italia; siendo España el país que cuenta con más territorios protegidos. Un tesoro que depende de los tripulantes y patrones de yates y veleros para su conservación.

 

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