Documentación necesaria para navegar

Fuente Salvamento Marítimo

¿Llevamos la documentación?

Antes de zarpar, compruebe que dispone a bordo de toda la documentación necesaria para navegar. Puede ser requerida en cualquier momento por las autoridades, tanto en puerto como durante la navegación (Servicio Marítimo de la Guardia Civil). A efectos de identificación, la matrícula (folio) y nombre de la embarcación pintados en el casco deben poder leerse sin dificultad.

A bordo debe llevar:

  • Certificado de Registro Español / Permiso de Navegabilidad.
  • Certificado de Navegabilidad en vigor que garantiza haber superado la Inspección Técnica de Buques (ITB) en una entidad colaboradora de inspección (Real Decreto 1434/1999). En la página web del Ministerio de Fomento puede consultarse la lista autorizada de entidades colaboradoras.
  • Si procede, placa en el casco del Marcado CE (Real Decreto 2127/2004), con Declaración de conformidad y Manual del propietario de la embarcación y del motor
  • Justificante del pago de la prima del seguro obligatorio de responsabilidad civil.
  • Titulación oficial del patrón de la embarcación, no caducada y ajustada al tipo y zona de navegación (Orden del Ministerio de Fomento 300/2007). Ver el Apartado normativo.
  • Documentación personal de los tripulantes.
  • Documentación fiscal. El Servicio Marí­timo de la Guardia Civil puede solicitarle documentación fiscal, como el justificante de haber abonado el IVA (Atención en las embarcaciones de segunda mano) o el Impuesto de Matriculación (Impuesto sobre determinados medios de transporte).

4-M5-FROM CHARTER WORLD

Recuerda que

  • La autoridad marítima puede sancionarle si carece de alguno de estos documentos o no dispone de la titulación adecuada a la zona y al tipo de embarcación.
  • Por regla general, las compañías de seguros rehusarán cubrir los daños e indemnizaciones derivados de un accidente si, en el momento del mismo, quien gobernaba la embarcación carecía de la titulación adecuada o faltaba algún documento obligatorio. Igual problema puede surgir al solicitar al seguro que le sean compensados los costes de un remolque.

 

Be Sociable, Share!

¿Te ha gustado el Post?

¿Quieres recibir un resumen semanal con nuestras últimas publicaciones?

 

Deja un comentario

(*) Required, Your email will not be published